Ciclomotores |
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1ª matriculación Menos de 3 años Más de 3 años |
Periodicidad Exento 2 años |
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Motocicletas particulares, cuadriciclos y quads |
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1ª matriculación Menos de 4 años Más de 4 años |
Periodicidad Exento 2 años |
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Turismos particulares |
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1ª matriculación Menos de 4 años De 4 a 10 años Más de 10 años |
Periodicidad Exento 2 años 1 año |
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Vehículos ligeros |
(Camiones y remolques de hasta 3.500 Kg. y derivados de turismos) |
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1ª matriculación Menos de 2 años De 2 a 6 años De 6 a 10 años Más de 10 años |
Periodicidad Exento 2 años 1 año 6 meses |
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Vehículos pesados |
(Camiones y remolques de más de 3.500 Kg.) |
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1ª matriculación Menos de 10 años Más de 10 años |
Periodicidad 1 año 6 meses |
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Autobuses |
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1ª matriculación Menos de 5 años Más de 5 años |
Periodicidad 1 año 6 meses |
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Ambulancias y S.P. |
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1ª matriculación Menos de 5 años Más de 5 años |
Periodicidad 1 año 6 meses |
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Caravanas > 750 kg MMA |
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1ª matriculación Menos de 6 años Más de 6 años |
Periodicidad Exento 2 años |
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Vehículo agrícola |
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1ª matriculación Menos de 8 años De 8 a 16 años Más de 16 años |
Periodicidad Exento 2 años 1 año |
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Autocaravanas |
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1ª matriculación Menos de 4 años De 4 a 10 años Más de 10 años |
Periodicidad Exento 2 años 1 año |
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Vehículo Especial |
(obras y servicios ≥ 25km/h) |
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1ª matriculación Menos de 4 años De 4 a 10 años Más de 10 años |
Periodicidad Exento 2 años 1 año |
El plazo de validez de las inspecciones técnicas periódicas se obtendrá adicionando a la fecha en la que el resultado de la inspección haya sido favorable la frecuencia indicada en este artículo. No obstante, si dicha fecha está comprendida en los 30 días naturales precedentes a la expiración del plazo de validez de la inspección anterior, el plazo de validez se obtendrá adicionando la frecuencia correspondiente a la citada fecha de expiración.